Convenios Docencia Servicio

Contamos con convenios docencia - servicio, los cuales hacen referencia al vínculo establecido entre las Instituciones de Educación Superior y otras organizaciones, con el propósito de formar talento humano en salud a través de las prácticas académicas.

CONVENIOS DOCENCIA - SERVICIO

Dentro de nuestros convenios docencia – servicio, tenemos alianzas con las siguientes Instituciones de Educación Superior:

  • Universidad EIA
  • Instituto de Educación Pablo Tobón Uribe
  • Universidad de Antioquia
  • Universidad Pontificia Bolivariana
  • Fundación Universitaria San Martín
  • Universidad CES
  • Universidad Católica de Manizales
  • Colegio Mayor de Antioquia
  • Universidad de la Sabana
  • Universidad de El Bosque
  • Universidad del Norte
  • Fundación Universitaria Ciencias de la Salud
  • Universidad Pontificia Javeriana (Cali)
  • Universidad del Rosario
  • Universidad de Los Andes
  • Universidad de Caldas
  • Universidad del Sinú
  • Universidad Adventista de Colombia
  • ECOSESA
  • Universidad del Quindío
  • Universidad Nacional abierta y a distancia
  • SENA
  • Uniminuto

ASPECTOS GENERALES

Los objetivos académicos que deben lograr los estudiantes dentro de nuestro Hospital, deben ser presentados por la Institución de Educación Superior (IES) a la que pertenece.

La responsabilidad asistencial recae sobre el colaborador vinculado laboralmente con el Hospital, por lo cual este debe comprometerse a proteger la individualidad y privacidad de los pacientes y su voluntad de aceptar o no la atención por personal en formación.

Todas las prácticas formativas deben ser aprobadas a través de nuestro Comité de Docencia, quien en última instancia define la capacidad instalada, la cantidad de estudiantes, el nivel de formación y los objetivos que puede aceptar y ejecutar para una determinada rotación.

RESPONSABILIDADES DEL HPTU COMO HOSPITAL UNIVERSITARIO

● Aportar de acuerdo a su disponibilidad el personal, las instalaciones, los equipos e insumos que sean necesarios para el desarrollo de las prácticas formativas en el Hospital.

● Realizar una inducción previa al inicio de la práctica formativa con el propósito de brindar a los estudiantes un acercamiento al funcionamiento general de la institución.

● Suministrar en calidad de préstamo y cuando lo considere necesario, el equipo de protección personal o implementos de trabajo según los requerimientos de cada servicio.

● Velar por la seguridad y bienestar de los estudiantes en las actividades que realicen durante su práctica formativa.

● Realizar el análisis y seguimiento a los accidentes o incidentes laborales que se presenten con el estudiante durante su rotación en el Hospital.

● Contar con espacios académicos y áreas de descanso a disposición de los estudiantes.

● Garantizar al estudiante que los turnos tendrán un máximo de 12 horas continuas, con descansos que permitan su recuperación física y mental, al igual que no podrán superar 66 horas semanales.

● Efectuar la relación docencia-servicio con instituciones formalmente reconocidas y de idoneidad comprobada.

● Respetar a los estudiantes, acogerlos en la forma debida y tratarlos con cortesía, como miembros de la institución.

● No trasladar la responsabilidad asistencial a los estudiantes. Su actividad es supervisada por un docente quien es el responsable de la asistencia en el Hospital.

● Regular y controlar que la evaluación del paciente y las órdenes que hacen los residentes como parte del plan de cuidado y tratamiento, sean autorizadas por el docente.

● No delegar en el estudiante ningún tratamiento o procedimiento invasivo o de riesgo sin la supervisión personal de un médico general o especialista del Hospital.

● Efectuar la docencia con la participación y responsabilidad directa de todo el personal vinculado al Hospital.

● Divulgar este reglamento durante la inducción realizada a los estudiantes y velar por el cumplimiento del mismo.

● Dar a conocer el anexo técnico con los objetivos de la rotación al docente que acompaña al estudiantes.

RESPONSABILIDADES DEL ESTUDIANTE

● Realizar en forma completa la inducción programada por el Hospital, requisito para realizar su respectiva práctica formativa. En caso de estar por fuera durante un periodo de un año o más, dicha inducción deberá realizarse nuevamente.

● Cumplir con los documentos requeridos por el Hospital para el desarrollo de la práctica formativa.

● Leer y en caso de aceptación, firmar el convenio entre el Hospital y el estudiante el día de inicio de su práctica formativa, con el fin de formalizar y colaborar con los trámites administrativos necesarios en la Institución.

● Conocer, acoger y respetar la filosofía y los propósitos organizacionales así como los reglamentos internos, incluido el código de ética y comportamiento disponible en la intranet del Hospital.

● Cumplir con el programa de actividades, las responsabilidades asignadas y participar de manera constructiva en las labores que se desarrollen en el Hospital.

● Cumplir con los compromisos de horarios adquiridos, explicar las causas de los retrasos o de inasistencia cuando se presenten y dar las debidas explicaciones, y documentación cuando haya lugar a ellas.

● Realizar los procedimientos y las actividades académicas que el Hospital le asigne, incluidos los programas extramurales organizados por el respectivo departamento.

● Utilizar los equipos, instrumentos y elementos solo para la realización de labores dentro del Hospital Pablo Tobón Uribe.

● Cumplir con las políticas y procedimientos de reducción de riesgos para pacientes y visitantes, como por ejemplo: identificación correcta del paciente, higiene de manos, respeto por los aislamientos, profilaxis antibiótica, uso racional de antibióticos, conciliación de medicamentos y acreditación de procedimientos, entre otros.

● Reportar los riesgos clínicos, incidentes o eventos adversos de los pacientes de los que tenga conocimiento durante su permanencia en el Hospital, para permitir su mitigación, atención y resolución.

● Conocer y adherirse a las guías de atención, protocolos y procedimientos existentes en el Hospital.

● Practicar el autocuidado, identificar y prevenir los riesgos, utilizar correcta y oportunamente los elementos de protección personal (bata, mascarilla, gafas, guantes entre otros).

● Los estudiantes del nivel de pregrado no pueden ordenar ningún tipo de procedimiento diagnóstico o terapéutico.

● No asumir responsabilidades directas sobre los pacientes sin la asistencia de un docente vinculado al Hospital.

● Respetar y no divulgar toda aquella información de carácter CONFIDENCIAL, por lo que el estudiante se compromete a cumplir a cabalidad con la política de seguridad de la información que rige en el Hospital Pablo Tobón Uribe.

● Cumplir con las políticas de acceso y utilización de la historia clínica electrónica.

● Utilizar de manera personal e intransferible las contraseñas de acceso a los diferentes sistemas de información. No divulgarla ni acceder con claves de terceros pues su violación se considera falta grave.

● Mantener una comunicación abierta, oportuna, clara, precisa y espontánea en el Hospital.

● Informar a sus superiores cualquier irregularidad que se presente durante su práctica formativa.

● Respetar a los colaboradores del Hospital y los compañeros en su dignidad.

● Abstenerse de brindar servicios para los que no se tiene el suficiente conocimiento ni la debida capacitación.

● Propiciar, divulgar y practicar la cultura de “los deberes y derechos de los pacientes”.

● Respetar la intimidad y pudor de los pacientes.

● No acceder a información de los pacientes que no esté relacionada directamente con la ejecución de sus actividades.

● Conocer los reglamentos internos del Hospital y los propios de cada área donde desarrolla la práctica formativa, incluyendo éste.